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Modificaciones al Régimen de Información por operaciones con Tarjetas de Crédito y Débito en el exterior




Mediante la Resolución General 5662/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero introdujo cambios en el régimen de información de las entidades administradoras de tarjetas de crédito, compra y débito sobre consumos realizados en el exterior.


¿Qué cambios se implementan?

  • Se amplía el detalle de operaciones que deben reportar las administradoras, incluyendo datos adicionales como la marca de la tarjeta, CUIT de la entidad emisora, moneda de origen y número de identificación del comercio.


  • Se implementa el uso de códigos Merchant Category Code (MCC) para clasificar los comercios según su actividad, alineándose con estándares internacionales.


¿Desde cuándo deben aplicarse?


La resolución será obligatoria para las obligaciones cuyos vencimientos operen a partir del 1 de julio de 2025.


¿Cuál es el objetivo de esta disposición?


Estas modificaciones buscan mejorar el control y transparencia de las operaciones en el exterior, manteniendo la carga administrativa que genera para las empresas administradoras de los medios de pago, las cuales deberán adaptar sus procesos para cumplir con los nuevos requisitos.


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