Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000293-2024/SUNAT del 23 de Diciembre de 2024, SUNAT ha establecido una prórroga para la implementación del SIRE para determinados contribuyentes.
📑 ¿Qué es el SIRE y quiénes están Obligados a aplicarlo?
El SIRE permite llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de manera integrada y electrónica.
Obligación aplicable a:
Sujetos incluidos en el Anexo N° 7 de la Resolución.
Contribuyentes que desde julio de 2023 a diciembre de 2024 adquirieron la obligación de llevar registros en SLE - PLE o SLE - Portal.
Contribuyentes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta o Régimen MYPE Tributario.
Sujetos que opten por afiliarse voluntariamente al SIRE.
🕛 Plazos de Implementación
Fecha Original: Enero 2025.
Nueva Fecha: Julio 2025 (aplicable a determinados contribuyentes).
Esta prórroga aplica a:
Principales contribuyentes.
Sujetos con alto volumen de comprobantes de pago emitidos.
💡 Motivo de la Prórroga
Garantizar la adecuada implementación tecnológica.
Permitir que los contribuyentes adapten sus sistemas para operar el SIRE sin inconvenientes.
📈 Beneficios del SIRE
Simplificación y unificación del Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras.
Automatización y precisión: Menos errores manuales.
Acceso en línea: Administración desde cualquier lugar.
🛠️ Recomendación
Es fundamental que las empresas se preparen con anticipación y se aseguren de contar con el soporte tecnológico necesario para implementar esta obligación. Es importante mencionar que SUNAT continuará brindando asistencia durante el proceso de transición.